martes, 25 de mayo de 2010

¿Podemos instalar un ascensor con sólo un acuerdo de la mayoría?


¿Qué se necesita para instalar un ascensor en una comunidad de vecinos? Uno de sus miembros es mayor de 70 años. Somos 8 vecinos y un local en los bajos. ¿Se necesita un acuerdo de las 3/5 partes o con una mayoría simple es suficiente? En caso de sacar mayoría, estamos todos obligados a financiar la obra o ¿quien no esté de acuerdo no paga? ¿Cómo debemos gestionar las cuotas a pagar, pagamos todos por igual, local y vecinos, por altura o por metros?


Respuesta de Communitas,

Conforme al art. 17, regla 1ª, LPH, son suficientes los 3/5 de los propietarios para colocar un ascensor en una Finca que no tenía dicho servicio, quedando todos, tanto los que voten a favor como los que no, obligados al pago, salvo exoneración en el Titulo Constitutivo. Dentro de esta mayoría cualificada, se incluyen las obras necesarias en la Finca, pues se trata de un complemento del fundamental acuerdo de instalar elevador, ya que no tiene lógica exigir distinto quórum para el mismo asunto.

Si no se logra este quorum, la Comunidad podría adoptarlo por mayoría, considerando tal instalación como una mejora del art.11, en cuyo caso si el pago excede de tres mensualidades ordinarias los disidentes (los propietarios que estén en contra) no están obligados a contribuir.


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lunes, 17 de mayo de 2010

Ascensores; uno de los principales problemas de las comunidades de vecinos

Los ascensores son uno de los principales problemas a los que se enfrentan las comunidades de vecinos.

Varias son las disputas en torno a este tema:
- por un lado los propietarios de los pisos más bajos no quieren pagar el ascensor,
- los ancianos no pueden vivir en determinadas viviendas sin ascensor,
- los costes de instalación de un ascensor son bastante elevados,
- algunos de los edificios (sobre todo los edificios antiguos) tienen que someterse a grandes y pesadas obras para conseguir contar con el espacio físico sufiente para la instalación de un ascensor...

Por todas éstas, y muchas más razones, la instalación de los ascensores es, como hemos dicho, uno de los temas que traen de cabeza a los encargados de gestionar comunidades de vecinos, si éste es tu caso, puedes informarte sobre el tema en la Ley de Propiedad Horizontal.

viernes, 23 de abril de 2010

La morosidad en sus niveles más elevados


Últimamente, raro es el día en que no encontramos en la prensa al menos una noticia relacionada con este tema.

Y es que el problema de la morosidad es uno de los principales que afectan a vecinos, administradores de fincas y comunidades de propietarios.

En la actualidad la morosidad sube hasta el 5,38%, el porcentaje más alto en década y media (según apunta el correo.com). El precio de la vivienda cayó un 4,7% en el primer trimestre y se coloca en los niveles alcanzados en 2005.

Debido a éstos, entre otros datos, la morosidad no para de crecer y de preocupar a la opinión pública.

A continuación mostramos algunos de los titulares que nos hemos encontrado en diarios últimamente:

  • La morosidad se dispara. El impago de tributos municipales suma 350.737 euros, frente a los 213.935 del año anterior.
  • La morosidad sube hasta el 5,38%, la más alta en década y media. El precio de la vivienda cayó un 4,7% en el primer trimestre y se coloca en los niveles alcanzados en 2005.
  • Cómo Escapar de un Registro de Morosos. Los archivos que identifican a ciudadanos con deudas cometen errores muy difíciles de subsanar.

lunes, 19 de abril de 2010

S.O.S. PROPIETARIOS: ¿Puede un moroso votar y ocupar el cargo de Presidente?

Buenos días, soy secretaria de una asociación de vecinos y en breve vamos a renovar la Junta, mi consulta es: los asociados que no estén al corriente del pago de la única cuota anual, después de 2 asambleas y recordatorio a los vecinos presentes morosos. ¿Pueden votar y ser candidatos? En caso de que uno de estos vecinos reúna las características antes mencionadas pero haya sido representado por otro vecino ¿Puede delegar el voto? ¿Puede proponerlo es representante como candidato (según él, con su consentimiento)? ¿Puede ser votado?

Muchas gracias


COMUNITAS:

La Ley de Propiedad Horizontal el único requisito que exige para ser presidente de la Comunidad es que se trate de un propietario conforme el art.13. La decisión de nombrar a un propietario moroso es perfectamente válida, y no debe la Comunidad oponerse a que desempeñe el cargo; otra cuestión es que si incumple sus funciones como tal se le revoque o incluso se le pidan responsabilidades.

Los propietarios privados del derecho de voto pueden ceder su representación a un tercero, pero no para votar salvo que el representante abone al inicio de la Junta lo que adeuda hasta ese instante el moroso.

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jueves, 25 de marzo de 2010

Simplificando la vida


El pasado 18 de marzo tuvimos el placer de charlar con Fran Gafforio en Communitas.
Fran nos comentaba que una de las consultas más frecuentes que han recibido en este año por parte de los propietarios está relacionada con la gestión de desperfectos en las viviendas.

Se trata de la gestión de incidencias llevada a cabo por Communitas.
Esta gestión consiste en solucionar los problemas o desperfectos que puedan surgir en el día a día de una comunidad. Desde arreglar un pomo de una puerta hasta gestionar el arreglo de una gotera, pasando por cualquier otro tipo de incidencia.

En internet encontramos contínuamente gente que lanza preguntas como ¿qué hago si mi vecino no quiere arreglar la cerradura del portal? ¿cómo valorar quién es responsable de ciertas humedades? etc.
Y es que éste es un tema que siempre está presente. El uso diario de la vivienda ocasiona desperfectos que al margen de que sean fáciles o no de solucionar, conlleva dedicarles un tiempo, por eso Communitas ofrece encargarse de solucionar estos probelmas y conseguir así que los vecinos disfruten de su tiempo libre.

miércoles, 17 de marzo de 2010

COMMUNITAS RESPONDE: ¿Tengo que dejar pasar a los obreros cuando quieran?




Por vivir en un primero me dicen que estoy obligado a dejar entrar en mi casa a obreros para arreglar desperfectos en la planta baja. Quiero una segunda opinión que me indique si hay posibilidad de hacer la obra sin entrar en mi casa ¿Tengo derecho? Y en caso de que sea necesario entrar en mi casa, ¿tengo derecho a alguna indemnización?


Communitas:
El art. 9.1 c) LPH obliga a los propietarios a consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble, pero a la vez exige que se le resarzan los daños y perjuicios.
Eso supone que todas las molestias que puedan tener, incluso el abandono de la vivienda, debe ser indemnizada.


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lunes, 8 de marzo de 2010

COMMUNITAS RESPONDE: ¿Tengo derecho a que me envíen las convocatorias a otra dirección si no vivo en el edificio de la Comunidad?


Hola, tengo un piso, y como no vivo en él, nunca me notifican cuando hay reuniones. Han hecho los cambios que han visto oportunos, y yo no me he enterado nunca.

¿Qué puedo hacer contra eso?


Communitas:
Aquellos propietarios que hayan comunicado expresamente al Presidente o Administrador que le envíen las notificaciones a una dirección distinta a la de su vivienda en propiedad, cumpliendo con lo dispuesto en el art. 9.1.h) de la Ley de Propiedad Horizontal, tendrán derecho a que se les remitan las convocatorias y actas al domicilio designado por ellos, pues en otro caso se está incurriendo en infracción legal, que podrá dar lugar a la impugnación judicial conforme el art. 18.

La citación en los buzones puede ser válida para los residentes en el edificio y la colocada en el tablón de anuncios para los que el piso o local está cerrado o no viven en el, siempre y cuando, como hemos dicho anteriormente, éstos no haya comunicado un domicilio diferente a efectos de notificaciones.

jueves, 4 de marzo de 2010

COMMUNITAS RESPONDE: El del bajo pide a la Comunidad que le cambie las baldosas de su terraza.


El vecino de la planta baja tiene uso y disfrute del jardín enlosado (elemento común) debajo del cual se encuentra el garaje comunitario. Pretende que la comunidad le pague la reparación del mismo alegando que las baldosas están deterioradas. ¿Debemos pagarle la reparación por de ser elemento común?


Communitas;

Si el deterioro del piso del bajo es consecuencia del uso no hay la menor duda de que los que están obligados a pagar la reparación son los propietarios del mismo, pues es un elemento de uso totalmente privativo.

Si hubiera filtraciones y humedades en el garaje provenientes de la citada vivienda, es decir, si el problema viniera de la estructura de separación de plantas del Edificio, sería la Comunidad la responsable de cualquier problema.

Si hubiera dudas al respecto, sólo un informe técnico podría dar la contestación adecuada.



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martes, 23 de febrero de 2010

Subvención municipal a bloques de más de 15 años para instalar ascensores

María lleva más de treinta años viviendo en un cuarto piso del Paseo Granada, unas viviendas de los años setenta que hasta hoy carecían de ascensor. Su edad y la invalidez de su hijo le obligaron plantearse la necesidad de cambiar de domicilio.

Pero al fin llegó la solución en forma de subvención. El Ayuntamiento puso en marcha hace un año y medio un plan especial para dotar de ascensores a los edificios de cuatro alturas que tuvieran una antigüedad de más de quince años.

Cada edificio recibiría una cantidad de diez mil euros, lo que significa que los vecinos tendrían que aportar apenas el 10 por ciento restante del total de la infraestructura. María ya no tendrá que vender el piso. "Me apenaba dejar la casa, porque este bloque es como una gran familia y nos ayudamos mucho".

Así debió ser porque hasta los vecinos del piso bajo han cooperado. "Cada uno como podía. Junto, a plazos más o menos grandes, pero todos accedían a pagar las obras", dice María.

En el portal de enfrente la situación cambia. Los propietarios muestran una llave que utilizan para desbloquear el ascensor. Se quejan de que sólo dieciséis de los treinta vecinos han realizado el desembolso.

En total, el Ayuntamiento ha invertido trescientos mil euros para que treinta comunidades de vecinos instalen ascensores en sus viviendas. Este año han previsto subvencionar quince elevadores más y cuatro comunidades de propietarios ya han presentado sus solicitudes.


http://www.gentedigital.es/fuenlabrada/noticia/186967/si-no-me-instalan-el-ascensor-hubiese-tenido-que-cambiar-de-casa/